lunes, 25 de noviembre de 2019

DERECHOS NATURALES Y CONVENCIONALES (II)

Como decíamos ayer...

No existe el derecho a ser padre o madre en la Naturaleza, tan sólo es una circunstancia natural, la Naturaleza te otorga los atributos biológicos que sus propias leyes, leyes naturales, han decidido en un veredicto a veces inapelable, a veces insubsanable y que sólo la mano del hombre puede cambiar en algunas ocasiones.

El derecho a un padre y una madre es un derecho cultural, como tal sometido a las corrientes filosófico políticas imperantes en cada época. Es materia opinable. Los Derechos Humanos, o la Declaración de los Derechos Humanos es un obra del hombre, una conquista circunstancial del momento histórico que nos toca vivir.

Estos Derechos comparten vida con la Naturaleza, a la que tantas veces se quiere enmendar y corregir con la mirada puesta en el bienestar humano.

En este contexto debemos hacer una parada y realizar una mirada y un discernimiento. En la Universidad de Salamanca existe un axioma que dice LO QUE NATURALEZA NO DA SALAMANCA NON PRESTA. Es decir, que la Naturaleza otorga y no otorga.

Los Derechos Humanos y los Derechos Naturales son dos fuentes jurídicas diferentes y no siempre coinciden, de ahí la necesidad de las Declaraciones Universales de Derechos y los Tribunales Internacionales que intentan hacerlas valer frente a quien las conculca.

Si la Naturaleza es Sabia y sus determinaciones también tenemos la posibilidad de observarla y aprender.

Es la Naturaleza y sus leyes las que otorgan la paternidad y la maternidad imponiendo un deber a los progenitores de crianza, su incumplimiento es voluntario y su ejercicio discrecional, pero es la Naturaleza la que decide a quien le coloca en la tesitura de la paternidad y la maternidad y, hasta ahora es siempre a un hombre y a una mujer.

Continuará. 

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